Trending Misterio
iVoox
Descargar app Subir
iVoox Podcast & radio
Descargar app gratis
Tiempo de Ley
Tiempo de Ley 20/01/2025

Tiempo de Ley 20/01/2025 581cj

21/1/2025 · 55:02
0
30
Tiempo de Ley

Descripción de Tiempo de Ley 20/01/2025 406l4h

Espacio jurídico de información, opinión y entrevistas a protagonistas del mundo jurídico y/o personas que ostenten poder o influencia política o social. 692864

Lee el podcast de Tiempo de Ley 20/01/2025

Este contenido se genera a partir de la locución del audio por lo que puede contener errores.

El tiempo de ley producido por oír y ver presenta y dirige jorge fuset a porcentaje puntocom es el despacho de abogados para grandes reclamaciones en toda españa para reclamar perjuicios por accidentes y negligencias médicas para reclamar seguros de vida e incapacidad para grandes reclamaciones patrimoniales empresariales y por responsabilidad civil ya lo sabes para grandes reclamaciones en toda españa a porcentaje puntocom consultarnos sin compromiso en porcentaje punto com o llámanos al nueve uno uno uno nueve seis tres uno cuatro la proposición de ley presentada por el partido socialista presenta varios puntos inquietantes siendo de todos ellos el que más ha llamado la atención la regulación tan restrictiva que hace de la acción popular que no olvidemos que se trata de una figura regulada en la constitución española a la que por tanto debería dársele un fácil es cierto que en el pasado reciente se han producido abusos en el ejercicio de la acción popular y es cierto que de alguna forma ha invitado a que se regule de forma más restrictiva para evitar precisamente esos abusos pero claro la proposición que presenta partido socialista da una vuelta de tuerca a esa restricción la regula de forma tan tan limitada que al final va a quedar como la cáscara vacía sin verdadero contenido por qué porque con esta proposición de ley lo que se pretende es limitar muy mucho en primer lugar quiénes pueden ejercer la acción popular es que no sé que tenga una vinculación con el asunto que se está tratando cuando precisamente lo que define la acción popular es que es posible ejercerla sin tener ninguna relación con el asunto de que se trata más allá de la defensa de la legalidad y del interés de que se haga justicia también se limita en segundo lugar los delitos por los cuales se puede ejercer esa acción popular y en tercer lugar es sobre todo limita la forma de su ejercicio de tal manera que un acusado popular solo podrá estar presente en la causa pero sin poder tener a la misma y sobre todo sin poder pedir diligencias al juez de instruccion evidentemente esto junto con la imposibilidad de acusar si no lo hace la fiscalía salvo en determinados supuestos y la imposibilidad de recurrir el archivo provisional de la instrucción sobre el archivo definitivo es verdad lo que están convirtiendo a la acción popular en una figura jurídica vacía total y absolutamente de contenido contraria por tanto el espíritu de la constitución y que invita a que haremos espacios de impunidad en aquellas causas donde precisamente el ministerio fiscal no tenga la intención de acusar y en una situación en la que actualmente está vamos con una fiscalía que es percibida por el propio poder ejecutivo como una parte de sí mismo bueno puede existir efectivamente la posibilidad de que la fiscalía no acusa a determinadas personas del poder y bueno la acusación popular es el único instrumento que quedaría para ello si efectivamente se evita la acusación popular se utiliza mejor dicho la acusación popular y además se pretende hacer con efectos retroactivos respecto a las causas que están conociéndose ahora como digo el resultado va a ser sin duda la impunidad de causas que bueno que todos tenemos en la cabeza y que precisamente obedecen a esta proposición que sin duda ha sido redactada pensando en causas que tienen nombres y pedidos concretos y determinados además se traduce como causa de recusación para apartar a un juez de un caso concreto la propiedad de que estáis realizaran manifestaciones públicas contraria los actos de formaciones políticas pero también incluye las formaciones la manifestación es perdón privadas y además parece que cualquier actuación de no podrá ser objeto de manifestación pública esto que estoy diciendo yo ahora mismo de dado que efectivamente estoy legalmente legitimado y éticamente obligado a pronunciarse sobre aquellas iniciativas legislativas que afecten a valores constitucionales como la independencia judicial o a mi profesión como digo hacerlo ver no y por decirlo así a la ciudadanía sin embargo con eso es a causa de recusación que se está ahora mismo estableciendo yo tendría vedado hacer esto que estoy haciendo so pena de que el futuro tuviera alguna causa que estuviera relacionado con el partido socialista y que efectivamente me obligaría a tener que apartarme de ella laminando fundamentalmente el derecho a la libertad de expresión que tenemos to todos los jueces que debemos de ejercer por supuesto con moderación del punto de vista ético pero que no puede restringirse del punto y manera en que se pretende es colocarnos derecho junto con la toga un bozal saludos soy jesús villegas es para mí un placer compartir con la audiencia de esta emisora una serie de restricciones jurídicas que están inmersas en la acción popular como es de todos conocido el diez de enero de este año dos mil veinticinco se registró en el congreso de los diputados una proposición de ley orgánica the regularmente

Comentarios de Tiempo de Ley 20/01/2025 3p1j26

Este programa no acepta comentarios anónimos. ¡Regístrate para comentar!
Te recomendamos
Ir a Política, economía y opinión