
El derecho parlamentario entre la conveniente flexibilidad y la imprescindible garantía de los derechos de la minoría. 4j693a
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Alfonso Cuenca, Letrado de las Cortes Generales, nos ofrece su visión sobre las instituciones en el Estado democrático de Derecho- El derecho de los que crean derecho: El derecho parlamentario entre la conveniente flexibilidad y la imprescindible garantía de los derechos de la minoría.- en una entrevista con Andrés Betancor, catedrático de Derecho istrativo en la Universidad Pompeu Fabra. g1130
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Señoras y señores bienvenidos al canal de podcast de la fundación rafael del pino soy andrés betancor catedrático de derecho istrativo y director del programa instituciones del estado democrático de derecho de la fundación rafael del pino el objetivo de esta iniciativa es contribuir a la mejora de la calidad de nuestras instituciones como condición o requisito para la mejora de nuestro estado democrático de derecho malas instituciones la democracia y peores libertades hoy vamos a dialogar con alfonso cuenca letrado de las cortes generales y director del servicio de estudios del congreso de los diputados sobre el derecho parlamentario bienvenido alfonso cómo estás muchas gracias gracias por estar aquí con nosotros de compartir este tiempo con nosotros qué vamos a hablar de un tema ciertamente muy muy interesante pero curiosamente muy desconocido que es el derecho parlamentario el derecho parlamentario por tanto a la vista de de esa contradicción vamos a comenzar por lo por lo más lo más básico que es el derecho parlamentario y por qué es importante ilustran a nuestros a nuestros oyentes sobre estas dos cuestiones muchas gracias ante todo debe comenzar señalando que tradicionalmente los juristas ha cenado con cierta sorna que la expresión derecho parlamentario es un oxímoron pero nada más lejos de la realidad por cuanto que el derecho parlamentario tiene como función coincidente con la del derecho en general encauzar conflictos sociales en este caso políticos que se producen en el área del parlamento y es el derecho de los que que el derecho es un derecho que podemos denominar en carne viva es un derecho ágil flexible pero por otra parte sólo podemos hablar de derecho parlamentario en un contexto democrático por qué porque su vocación más esencial es la protección de los derechos de la minoría sin esa protección no existe verdadera democracia como nos recordaba hace ya muchos años del maestro me parece muy interesante que tú destacas en tu ponencia que es la protección de las minorías porque porque porque porque este este aspecto porque en cierta medida hay una intervención digamos simplista pero políticamente muy exitosa que asocia la democracia con la mayoría no el el principio mayoritario en cambio tóxicos o reyes subraya el aspecto de que el derecho a la protección de la minoría y eso es democrático esa relación entre la protección de la minoría el principio democrático el derecho parlamentario que es muy interesante lo que apunta andrés bueno como ha dicho la vocación esencial del derecho parlamentario porque la democracia no es solo votar cada cual años como señalaba la doctrina es que se garanticen las condiciones para que la minoría de hoy pueda si así lo quiere electoral del futuro convertirse en mayoría del mañana y ese es un aspecto absolutamente esencial y el derecho parlamentario en cuanto que es un derecho esencialmente procedimental tiene como vocación principal y eso hay que tener a la conciencia y es su razón de ser de los parlamentos la actualidad la protección de la minoría y eso se ve por ejemplo el procedimiento legislativo porque existe todavía la reserva de ley como tú bien sabes porque hay una serie de normas la más importante es en donde en su proceso de elaboración ha de haber un contraste público de opiniones y esto es muy importante entre mayoría y minoría aunque final decide la mayoría pero la minoría ha de hacer oír sus opiniones perfecto perfecto porque yo creo que estamos en una fase tú lo hizo muy bien en la ponencia que es el el el el conflicto entre el principio mayoritario y el principio constitucional principio constitucional la ley que la la mayoría por ser mayoría no puede atropellar los derechos los derechos de la minoría y eso se traduce en eso el derecho parlamentario determinaciones reglas requisitos pero al mismo tiempo tú solo hay un aspecto que es para lo lo juristas un poco sorprendente y es esa capacidad que tienen los actores de suspender la aplicación del derecho cuéntame eso que hay una cosa interesante interesante no además de la armonización entre el principio democrático y el principio constitucional y la primacía de este último decir tras los horrores previos a la segunda guerra mundial la democracias occidentales de poder un mundial son muy conscientes de que la mayoría no siempre va a poder hacerlo todo sino que hay unas mínimas reglas del juego fijadas constitucionalmente que ni siquiera la mayoría va a poder sobrepasar ese por una park y volviendo a tu segunda pregunta el derecho parlamentario como he dicho es un derecho en carne viva estamos hablando de la política que es la dinámica más dinámica de todas eso permite que si hay consentimiento de todos los afectados unanimidad si puede incluso suspender eso en el reglamento de españoles está contemplado tácitamente implícitamente pero por ejemplo ordenamiento es muy común por ejemplo en el en el derecho parlamentario norteamericano se le llama waves de rush decirle adiós a la
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