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LA CLAVE PENAL
21. La imputación subjetiva o tipicidad subjetiva

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20/12/2024 · 05:22
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LA CLAVE PENAL

Descripción de 21. La imputación subjetiva o tipicidad subjetiva 2t2c24

Hoy vamos a explorar un tema esencial en el derecho penal: la imputación subjetiva o tipicidad subjetiva. Este concepto puede ser algo complejo, pero lo vamos a desglosar paso a paso para que lo entiendas de manera clara. 602n11

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Bienvenido uso nuevo episodio de la clave penal hoy vamos a explorar un tema esencial en el derecho penal la imputación subjetiva o tipicidad subjetiva este concepto puede ser algo complejo pero lo vamos a desglosar paso a paso pa la que lo entiende de manera clara alguna vez te has preguntado cómo los jueces determinan si una persona actuó con dolo pues bien ese es precisamente el tema de hoy acompáñenos mientras analizamos cómo se valor el conocimiento de un agente sobre el riesgo de su conducta y como esto implica en el análisis de los delitos empecemos por lo básico cuando hablamos de tipicidad en el derecho penal nos referimos a la comparación entre un hecho histórico y la descripción legal de un delito las normas penales en forma de tipos penales contienen una serie de elementos tanto objetivos como subjetivos por ejemplo el homicidio no se trata sólo de la acción de matar a alguien la ley establece que debe ser un homicidio doloso o imprudente y aquí es donde entra en juego la tipicidad subjetiva ya que se debe analizar si la persona tenía conocimiento y voluntad de cometer ese acto la tipicidad subjetiva o imputación subjetiva se refiere la capacidad de la gente para conocer y representarse los elementos objetivos de su conducta es decir si sabía del riesgo que implicaba su acción esto nos lleva al concepto de dolo el dolo se entiende como el conocimiento del riesgo que despliega un sujeto mediante su acción el sujeto crea un riesgo para otro lo que realmente importa en la tipicidad subjetiva es que la gente conozca el riesgo que implica su acción históricamente el pueblo fue entendido en un sentido negativo como la intención de cometer un acto ilícito sin embargo con el tiempo especialmente con la llegada del finalismo en los años cincuenta el concepto de dolo se fue despojando de su carga la antijuricidad ahora dolo se refiere a conocer el río algo de su acción cómo sabemos si un agente actuó con dolo la tipicidad subjetiva se basa en inferencias observamos los hechos que el agente realizó y deducimos si pudo haber conocido el riesgo si la gente tenía conciencia de ese riesgo y aun así actuó pueden es decir que actuó con dolo pero cuidado el dolo no siempre es fácil detectar existen casos en los que no podemos saber con certeza si la gente conocía el riesgo en el momento de la acción por eso se proponen criterios para determinar si estamos frente a un caso de dolo eventual o de imprudente algunos de estos criterios incluyen por un lado el conocimiento o aprobación si la gente al menos acepte el riesgo de que ocurra resultado podríamos estar frente a un dolo eventual la probabilidad si la gente actuó sabiendo que la probabilidad de que ocurriera el resultado era alta también podría tratarse de dolo eventual el sentimiento si el agente muestra una actitud indiferente o despectiva hacia un bien jurídico que pone en peligro también podemos estar ante un caso de dolo eventual sin embargo esos criterios no siempre son satisfactorios a menudo lo que importa es si el agente en ese momen no especificó representaba el riesgo su conducta si se representó el riesgo y actuó todos modos entonces estamos ante dolo pero si no lo representó entonces la acción podría considerarse imprudente en ocasiones el agente no puede conocer el riesgo y actuar de manera imprudente sin embargo hay situaciones en las que la gente sabe que no conoce el riesgo pero decide actuar de todos modos en esos casos la conducta se considera dolosa ya que la gente a pesar de estar en error sigue adelante con su acción es lo que se conoce como error que no excluye el dolo el duelo no se refiere a pensamientos o deseos previos ni a sentimientos posteriores el dolo solo existe si la representación del riesgo se produce durante la acción si un agente planea hacer algo malo pero no inicia el riesgo no hay dolo si un agente se da cuenta que puede dañar a alguien pero no prioriza su potencial hogar tampoco se considera dolo aunque su actitud sea deplorable en resumen la imputación subjetiva o tipicidad subjetiva es clave para entender si un agente actuó con dolo este concepto se refiere a la capacidad de la gente para representarse y conocer el

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